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Asuntos Legales

Atlantis Consulting

Bufette de Abogados y asuntos juridicos Comercial, Internacionales, Civiles y Penales.
Precedido por el Lic. Jose Carlos Gonzalez del Rosario.
Fundada el 13 de Noviembre del 1990, en la ciudad de San Felipe de Puerto Plata, Rep. Dominicana.
Actualmente esta ubicada en la Girasol esquina Neptuno, de la Urbanizacion Jardines del Atlentico de Puerto Plata.

 

Transformación de Empresas

Según la Ley 479-08, todas las empresas dominicanas deben adecuarse o ser transformadas.
Existen nuevos tipos de sociedades según la nueva ley:

A ) Las Sociedades de Responsabilidad limitada S.R.L
B) y las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada E.I.R.L

Si su empresa S.A. no tiene un capital social mínimo igual a 30 millones, debe adecuarla para seguir operando como S.A. de lo contrario deberá obligatoriamente según lo dispuesto por la nueva ley de sociedades de transformarla.

Sociedades de Responsabilidad Limitada. o S.R.L
Según la nueva ley de sociedades comerciales dominicanas, Ley 479-08, Las sociedades de responsabilidad limitadas pueden ser formadas por un mínimo de dos, y estos no responden personalmente de las deudas sociales.

Número de Socios
Dos (2) como mínimo y cincuenta (50) como máximo.

Denominación Social (Nombre de la Compañía)
Podrá utilizar un apelativo de fantasía o una razón social que deberá ser precedida o seguida de las palabras “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o de las iniciales “S.R.L.” a pena de que por omitir esta indicación los socios sean solidariamente responsables frente a los terceros.

Capital El capital social se dividirá en cuotas sociales que no podrán estar representadas por títulos negociables. Deberán constituirse con un capital social mínimo de Cien Mil Pesos Dominicanos (RD$ 100,000.00).

Cesión y transmisión de Cuotas Sociales
La cesión de las cuotas sociales entre socios, entre ascendiente y descendiente, y su transmisión por vía de sucesión o liquidación de comunidad de bienes entre esposos, será libre, salvo estipulación estatutaria en contrario.

Comisario de Cuentas
No es obligatorio, sin embargo, se podrá designar si al cierre de su último ejercicio social, la sociedad, reporte un total de su balance igual o superior a 5 veces su capital social o un monto de ganancia igual o superior a las 2/3 partes de su capital social

Administración de la Sociedad
Las SRL serán administradas por uno o más gerentes que deberán ser personas físicas, socios o no. Frente a los terceros, el o los gerentes estarán investidos con los poderes más amplios para actuar, en todas las circunstancias, en nombre de la sociedad.

Asambleas de Socios
Las decisiones serán tomadas en asamblea. Sin embargo, los estatutos podrán estipular que todas las decisiones o algunas de ellas sean adoptadas mediante consulta escrita o por el consentimiento de todos los socios contenido en un acta con o sin necesidad de reunión presencial. Igualmente el voto de los socios podrá manifestarse a través de cualquier medio electrónico o digital.

Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. E.I.R.L.

La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada pertenece a una persona física y es una entidad dotada de personalidad jurídica propia, con capacidad para ser titular de derechos y obligaciones, los cuales forman un patrimonio independiente y separado de los demás bienes de la persona física titular de dicha empresa.

Número de Socios
Uno (1). Solo podrán ser constituidas por personas físicas.

Denominación Social (Nombre de la Compañía)
El nombre de la empresa deberá tener antepuestas o agregadas las palabras “Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”, o las siglas “E.I.R.L.” No deberá contener nombre, apellido o parte de los mismos, apodo o cualquier otro apelativo de una persona física, los cuales de ningún modo deberán ser utilizados como distintivos de la empresa.

Capital
Se determinará estatutariamente.

Comisario de Cuentas
No existe.

Administración de la Empresa
El propietario podrá designar un gerente o asumir las funciones de éste. Desde el inicio de las operaciones, la empresa deberá abrir y mantener una contabilidad ajustada a las disposiciones legales.

Si necesita mas informaciones o para iniciar el proceso de transformacion pongase en contacto con nosotros

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